señales de seguridad

Señalización de seguridad y salud en el trabajo

En la vida cotidiana nos encontramos con diversas formas de comunicación, desde el lenguaje hablado con sus diversos idiomas hasta una infinidad de carteles y señales. Este tipo de mensajes se codifican con la finalidad de que sean entendidos por todo el mundo sin importar su idioma o procedencia. Por ejemplo, un ciudadano español puede circular por Alemania o EEUU entendiendo perfectamente su señalización sin necesidad de conocer el idioma o el país en cuestión.

 

Normativa de la señalización

En España y en el ámbito de la prevención de los riesgos laborales existe una normativa específica acerca de la señalización, este es el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

 

Tipos de señales de seguridad

La norma clasifica los tipos de señales de seguridad en el lugar de trabajo en 2 grupos y a su vez en varios subgrupos de señales de seguridad:

  • En forma de panel:
    • Advertencia
    • Prohibición
    • Obligación
    • Lucha contra incendios
    • Salvamento o socorro
  • Luminosas
  • Acústicas
  • Comunicaciones verbales
  • Gestuales
 

Señales de seguridad en forma de panel

En este artículo nos vamos a centrar en las señales en forma de panel, dentro de este tipo de señalización existen distintas tipologías, las cuales se distinguen entre ellas según su forma, fondo y borde como se puede ver en el siguiente cuadro de resumen:

TIPO DE SEÑAL DE SEGURIDAD
FORMA GEOMÉTICA
COLOR
PICTOGRAMA
COLOR
FONDO
COLOR
BORDE
COLOR
BANDA
AdvertenciaTriangularNegroAmarilloNegro
ProhibiciónRedondaNegroBlancoRojoRojo
ObligaciónRedondaBlancoAzulBlanco o azul
Lucha contra incendiosRectangular o cuadradaBlancoRojo
rescate la ayudaRectangular o cuadradaBlancoVerde

En todas las señales el pictograma debe situarse un fondo cuyo tamaña sea mínimo del 50% de la superficie. Exceptuando la señales de prohibición donde este porcentaje se reduce al 35%.

Además del color, forma y fondo las señales deberán tener un tamaño mínimo en función al espacio en el que vayan a instalarse. Esto se determina a través de una fórmula obtenida de la Norma UNE 1011, esta es la siguiente:

S ≥ 2/2000

En esta fórmula S es la superficie de la señal y L es la distancia desde la cual debe percibirse la señal

En los distintos anexos del Real Decreto indicado existen distintas indicaciones acerca de las señales acústicas, luminosas, comunicaciones verbales y gestuales que se irán ampliando en las próximas publicaciones del blog.

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